Por unanimidad la Cámara de Diputados aprobó la llamada ley Gabriela, proyecto de ley que amplía el femicidio y que busca incluir en esta tipificación del delito a las relaciones de noviazgo y pololeo, además de las razones de género.

Este jueves 30 de enero la Cámara de Diputados finalmente aprobó por unanimidad el proyecto de ley que modifica el Código Penal en materia de tipificación del femicidio y de otros delitos contra las mujeres, también llamada Ley Gabriela.

El proyecto de ley fue ingresado el año 2018 por las diputadas Camila Vallejo (PC), Karol Cariola (PC), Daniella Cicardini (PS), Maya Fernández (PS), Cristina Girardi (PPD), Marcela Sabat (RN), Gabriel Silber (DC), Jaime Tohá (PS), Víctor Torres (DC) y Gael Yeomans (CS). El objetivo del proyecto es modificar la actual ley de femicidio “para que las responsabilidades criminales del asesinato de mujeres por razones de género sean debidamente atribuidas”, según indica la introducción del proyecto de ley.

A continuación, respondemos algunas preguntas clave sobre el proyecto pronto a convertirse en ley:

¿Por qué se llama Ley Gabriela?

El 11 de junio de 2018 Gabriela Alcaíno (17) y su madre, Carolina Donoso, fueron asesinadas por Fabián Cáceres, quien había sido pololo de Gabriela. A pesar de esto, ninguno de los dos asesinatos era considerado femicidio por ley promulgada el año 2010.

Desde ese momento, Daniel Alcaíno, padre de Gabriela, encabezó una lucha para impedir que otros asesinatos como el de su hija fueran incluidos en la ley como femicidios.

¿En qué consiste?

El proyecto de ley amplía la tipificación del delito de femicidio, incluyendo las relaciones de noviazgo y pololeo, además de las razones de género. Esto último significa asesinar a una mujer por el sólo hecho de serlo.

El proyecto sanciona la violencia de género contra las mujeres con tipos penales específicos como el femicidio por causa de género, femicidio íntimo y una serie de agravantes que elevan las penas. Las sanciones que enfrentan quienes cometan estos delitos son desde 15 años y 1 día a 40 años.

¿Cómo incorpora la Ley Gabriela a la diversidad sexual?

La Ley Gabriela incorpora en la tipificación del femicidio, haberlo cometido por orientación sexual, identidad de género y expresión de género, haciéndose cargo de las violencias específicas que sufren las mujeres lesbianas o trans.

La Agrupación Lésbica Rompiendo el Silencio, junto a otras organizaciones lesbofeministas, participó de la tramitación de la ley e incidió directamente para incluir esta indicación. Para Érika Montecinos, directora ejecutiva de la organización, explica que “para nosotras es un paso sumamente importante porque visibiliza una manifestación de la violencia tomando en cuenta la diversidad de mujeres que somos, e incorpora un agravante más potente ante los casos de lesbicidio o transfemicidio”.

¿Por qué es un avance?

Para Camila Maturana, abogada de la Corporación Humanas, “es valorable que el Parlamento legisle sobre la violencia contra las mujeres, en especial para sancionar como femicidio el asesinato de una mujer por razones de género”.

Uno de los grandes avances de esta ley es la definición que ha adoptado el Senado, “esta amplía el concepto de femicidio, actualmente limitado a relaciones familiares o de convivencia, para incluir otras relaciones de pareja, y en particular aquella definición de femicidio como el asesinato de una mujer, por un hombre, cometido por razones de género”, explica Maturana.

¿Qué es lo que falta?

Si bien la Ley Gabriela es un avance, a juicio de Corporación Humanas es preocupante que se siga fragmentando el debate legislativo en torno a violencia contra las mujeres. “El Estado de Chile ha asumido un conjunto de obligaciones internacionales en materia de prevención de la violencia, protección a las víctimas y reparación en el caso de violaciones a sus derechos que debe asumir en su conjunto”, expresó Camila Maturana.

En este sentido, es necesario seguir impulsando una ley de violencia integral, que realmente dé cuenta y aborde todas las violencias a las que están expuestas las mujeres no solamente desde un punto de vista sancionatorio, sino preventivo y educativo. “Se requiere de una legislación integral sobre violencia contra las mujeres que incorpore mandatos específicos al conjunto de los órganos del Estado en estos ámbitos y una conceptualización amplia del continuo de violencia contra las mujeres y no solamente modificaciones parciales respecto de algunas manifestaciones de violencia por muy graves que estas sean”, explicó Camila Maturana.

Publicado por Juntas en Acción